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CIBERDELITOS

Ilícitos informáticos: ese futuro en materia criminal que ya es presente.

“Grooming”, “revenge porn” o “sexting”, flamantes formas de definir a nuevos delitos que específicamente se cometen a través de las redes sociales. Lucas Moyano, ayudante Fiscal especializado en todas estas cuestiones, habló sobre un nuevo paradigma criminal surgido a través de Internet. Nota imperdible sobre este tema de suma actualidad.

En el espacio virtual conviven acciones como conseguir pareja o pagar las cuentas desde la comodidad del hogar con eventuales posibilidades de que los usuarios se conviertan en víctimas de esos ilícitos. Delitos para los cuales el Código Penal argentino tiene que necesariamente adaptarse y reformularse.

La Internet que hoy permite conocer a una pareja o hasta pagar cómodamente las cuentas desde la casa es la misma red que puede convertir a una persona en la víctima de diferentes delitos.

“Los delitos cibernéticos son la modalidad del delito del futuro. Pero actualmente, ya estamos viendo cómo se incrementan ese tipo de hechos. Por eso nos estamos capacitando para eso que se viene”, afirmó Lucas Moyano.

El funcionario judicial olavarriense tiene 37 años. Con más de una década en el Fuero Penal departamental, mientras integra dos ternas para intentar convertirse en titular de una de las fiscalías con sede en los Tribunales de Azul y se desempeña como Ayudante Fiscal en Olavarría, viene desarrollando diferentes capacitaciones y especializaciones en materia de delitos informáticos.

Al mismo tiempo que el Código Penal argentino intenta adaptarse a esas modalidades delictivas, palabras como “grooming”, “revenge porn” o “sexting” forman parte de nuevas figuras ilícitas para las que, según Moyano sostuvo, el Estado tiene que estar preparado. No sólo para atacar y reprimir a quienes las cometen, sino también para prevenir y así evitar futuras víctimas.

Pero según afirmó, “en el Código Penal actual es muy básico lo que tenemos” al respecto, ya que ”siempre va un paso detrás de lo que va el delito”.

“Y esa brecha, en los delitos informáticos se nota más”.

“El Código o el Derecho Penal tradicional lo que hacen son proteger los bienes físicos. Pero ya no alcanza sólo con eso, porque ahora están también los bienes digitales, que son tan importantes como los otros”.

“Lo que estamos viendo -señaló- es que hay un incremento de la utilización de Internet para diversos fines. No sólo para cometer delitos, sino para todo: conocer una pareja o relacionarse con gente, para intercambio cultural o hasta para nuevas formas de democratización. También, para el intercambio económico”.

“Internet agiliza la vida, pero por otro lado tiene sus consecuencias, ya que perdemos la privacidad y estamos expuestos a monstruos de la red, como por ejemplo los pedófilos, que bajo la forma del anonimato pueden atacar a las víctimas”.

En medio de ese panorama, el funcionario judicial olavarriense pronosticó que “no va a faltar mucho para que haya una fiscalía especializada en cibercrimen. De hecho, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya la hay. Y en la Provincia se están empezando a implementar. La idea en un futuro es que no vamos a poder quedar ajenos a esto que ya está acá presente”.

A modo de ejemplo, Moyano citó que en el ámbito mundial “el cibercrimen está manejando la misma cantidad de dinero que maneja el narcotráfico. Por eso preocupa tanto a las grandes potencias, que quieren hacer una red de colaboración para intercambio de datos”.

En este caso en particular, un intento por abordar la problemática se está haciendo desde el llamado Convenio de Budapest, un pacto al que “Argentina está próxima a adherir” con la idea de “poder investigar a estos delincuentes”.

En cuanto a la norma existente frente a toda esa situación referida, Moyano reconoció que “el Código Penal tiene fronteras que Internet no”, ya que hay muchos delitos de estas características que se consideran transnacionales. “Por ejemplo, puede pasar que desde un servidor en Canadá se esté atacando a un banco en Argentina. Y nosotros, para conseguir esa prueba, tenemos que ir a Canadá, con todo lo que ello implica”.

Mientras las grandes potencias del mundo sufren diariamente ataques cibernéticos a sus infraestructuras más críticas, el Código Penal de España es un espejo donde Argentina se está mirando para modificar sus leyes y adaptarlas a estas nuevas modalidades delictivas.

“Yo estuve con un asesor del Ministerio de Justicia de España, Marcos Salt, que está proyectando un nuevo articulado con lo que tiene que ver con delitos informáticos para la modificación del Código Penal de ese país”, contó Moyano sobre una de esas especializaciones que recientemente realizó.

El contexto actual señala que esos delitos que se cometen por Internet después “hay que hacer un gran esfuerzo para tratar de ver si están enmarcados dentro de nuestro articulado”.

Por eso, explicó que “se están proyectando nuevas calificaciones. La usurpación de identidad, por ejemplo. Esto pasa cuando uno tiene un perfil de Facebook y alguien que crea otro con tu foto después lo utiliza para hacer determinada maniobra ilegal”.

“Hasta ahora esa conducta no la tenemos legislada como un delito penal. Por eso hay un proyecto que se está pensando para agregar al nuevo Código”, indicó al respecto.

Lo que hay  

Según datos de UNICEF que Moyano citó, Argentina es el quinto país en materia de consumo de pornografía infantil vía redes sociales.

Tal vez ese dato y otros relacionados con esa problemática, y que también son alarmantes, han llevado a legislar con relación a delitos que vía Internet tienen como víctimas a niños y adolescentes.

En la actualidad, incluso en el ámbito del Departamento Judicial Azul, se han conocido fallos que condenan a personas que fueron halladas autoras de delitos como el “grooming”, uno de los más conocidos que ha surgido desde la existencia de las redes sociales e Internet.

Según Moyano, “esa acción deliberada de un adulto de acosar a un menor por medios tecnológicos”aparece como una de las problemáticas más evidentes a tener en cuenta en el marco de toda esta nueva situación surgida con la llegada de Internet.

A los que cometen este tipo de hechos se los conoce como “groomers”. En otras palabras, sujetos que bajo un perfil falso se hacen pasar en las redes sociales por menores de edad, con la idea de captar a otros chicos y convertirlos así en víctimas de este tipo de delitos.

Accionar a través del cual logran que ese menor al que contactan logre entregarles alguna imagen suya, ya sea una foto o una filmación, que después utilizan con fines pornográficos, llegando incluso a divulgarlas a través de redes sociales de pedofilia.

Pero más grave se torna esta situación, algo que ya ha ocurrido varias veces, cuando las víctimas toman contacto personal con esos “groomers”. Los mismos que después hasta terminan convirtiéndose en sus abusadores.

“El objetivo del groomer es obtener una foto o video de contenido sexual de su víctima. El problema es que cuando obtiene eso después pueden pasar dos cosas: sube ese material a una red de pedófilos o con ese mismo material chantajea a la víctima, para tener así un encuentro sexual u obtener más material de estas características”, señaló el funcionario judicial.

“Por eso -sostuvo también- la idea siempre es prevenir, algo que nosotros desde la Fiscalía General departamental actualmente a cargo de Marcelo Sobrino estamos haciendo”.

“Es necesario explicar los peligros que hay en la red, para de esa forma estar preparados y así poder reducir el número de víctimas”, agregó para después señalar: “Hay que desmitificar que como los chicos saben usar un teléfono celular ya saben también de tecnologías o de seguridad. Y a los padres hay que decirles que cualquiera está capacitado para enseñar sobre los peligros en la red, ya que en lo que tiene que ver con la seguridad una persona que se sabe desenvolver en el mundo real también lo sabe hacer en el mundo virtual”.

A modo de apoyo desde lo legal, la reciente modificación a la Ley 27.436 del Código Penal argentino otorga a los operadores judiciales “una nueva herramienta en la batalla contra la pornografía infantil”.

“Esta ley, que tiene pocos días de promulgada, incrementa los montos de penas para aquellas personas que publiquen, divulguen o comercien imágenes de menores de 18 años con alguna representación sexual”.

“Además, otro aspecto para destacar es que esta ley pena la simple tenencia de la pornografía infantil. Eso está relacionado a que el que consume pornografía infantil generalmente tiene muchas imágenes de menores y constantemente quiere más, lo que implica la existencia de una oferta que sí o sí termina saciando al abusar de menores. Y eso es lo más preocupante”, reflexionó Lucas Moyano.

“Lo importante es estar atentos”, dijo el funcionario judicial a modo de consejo para los padres. “Por ahí uno sabe que es dificultoso porque el chico anda todo el día con el teléfono. Pero sí hay que preguntarle por qué entra a determinado lugar o qué busca. En qué redes interactúa, poder ver esas redes y preguntarle sobre quiénes son los amigos que tiene o de dónde los conoce”.

“Ciberpatrullaje”

Desde su punto de vista, teniendo en cuenta la existencia de estos nuevos delitos surgidos a través de Internet y las redes sociales, es necesaria la creación del llamado “ciberpatrullaje”.

Para entenderlo mejor, del mismo modo que un policía puede estar presente haciendo guardia en cualquier lugar de una ciudad, tiene que existir algún tipo de control preventivo también en el mundo virtual.

Pero hay varias polémicas al respecto, ya que “algunos sostienen que con eso se violan garantías constitucionales de privacidad; mientras que otros opinan que de esa manera se pueden evitar la comisión de ilícitos como los ya referidos”, dijo Moyano.

“A mi criterio ese patrullaje es necesario. Es como si tuvieras un policía en la puerta de tu casa. Para determinados delitos y con el fin de evitar la comisión de los mismos, un ciberpatrullaje debidamente fundado en una causa específica sería de utilidad para una investigación penal”, sostuvo también.

“Lo bueno, y que hay que dejar en claro, es que todavía el ciberdelito deja huellas que son rastreables, algo que se puede hacer con voluntad, capacitación y los peritos necesarios”, dijo por último el funcionario judicial sobre todos estos temas que “hay que empezar a charlar y a conversar”, ya que se está en presencia de una modalidad delictiva que crece en la misma proporción que lo hacen Internet y las redes sociales, esos espacios virtuales donde el ciberdelito ya está definitivamente instalado.

El dato

En todo lo que tiene que ver con delitos de pornografía infantil existe en la Provincia el número telefónico 102, a través del cual se pueden denunciar esos hechos y buscar asesoramiento. Esa línea funciona las 24 horas del día. A través de la web, también puede consultarse la página del Gobierno bonaerense llamada “Convivencia digital”, un sitio donde se brindan consejos a los padres para estar informados sobre los cuidados que hay que tomar cuando sus hijos están conectados a las redes sociales.

MÁS “CIBERDELITOS” DE ÍNDOLE SEXUAL

“Otra de las modalidades que se puede utilizar para fines ilícitos es lo que tiene que ver con la violencia de género. Con estas nuevas tecnologías existen dos nuevas formas: el revenge porn, que es la venganza pornográfica, por decirla de alguna manera; y elsextorsión, el chantaje sexual. O sea, cuando una persona tiene una foto o video de otro, de contenido sexual, y usa a ese material para chantajearlo”.

La cuestión, según sostuvo Lucas Moyano, pasa por cómo se obtiene ese material. “Puede ser porque alguien encontró un teléfono perdido o lo robó, que ya pasó con un caso en la ciudad de Buenos Aires, donde el autor fue condenado por el delito de extorsión”.

“El revenge porn tiene que ver con una foto o un video consentido que una pareja se saca, material que después, cuando se separan, uno de ellos utiliza para publicar, con intenciones de hacerle daño al otro. Eso también está pasando”, agregó el Ayudante Fiscal.

Una tercera modalidad delictiva que se comete a través de las redes es el sexting, una forma de pornografía interactiva que se da a través del chateo sexual entre dos personas adultas, quienes consentimiento mediante se pasan fotos o videos.

Lo grave llega cuando después “uno de ellos divulga ese contenido en las redes para chantajear al otro. Bajo la figura de la extorsión esto también está penado”.

En los casos referidos, a modo de consejo el funcionario judicial sostuvo que “hay que evitar que aquellos que se puedan convertir en víctimas se tomen imágenes de sus rostros o de otras partes identificables de su cuerpo, como puede ser a través de tatuajes”.

“Siempre hay que tomar precauciones. Más cuando hoy, si uno se saca una foto que después comparte a través de las redes sociales esa imagen ya deja de ser propia y por lo tanto nunca se sabe en manos de quién puede caer”, agregó.

Fuente Vidal Matías – Fiscalía General Azul

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